La entidad instrumentó medidas extraordinarias de alivio fiscal para los contribuyentes cuyas actividades económicas se encuentran severamente afectadas por los incendios en las provincias de Corrientes y Misiones.
La AFIP anunció que ya puso a disposición medidas extraordinarias de alivio fiscal los contribuyentes a los cuales sus fuentes de ingreso se encuentran severamente afectadas por los incendios en las provincias de Corrientes y Misiones.
¿Cuál es el plazo excepcional? Son prórrogas de hasta 9 meses. La presentación y/o el pago de las obligaciones con vencimientos originales fijados durante los meses de marzo a diciembre de 2022, pasarán para los meses de enero a mayo de 2023.
¿Qué impuestos están alcanzados? Anticipos de los impuestos a las ganancias, sobre los bienes personales, al valor agregado, del fondo para la educación y promoción cooperativa, así como para las obligaciones correspondientes a las contribuciones de la seguridad social, al régimen previsional de trabajadores autónomos y al monotributo.
Serán paralizadas las ejecuciones fiscales iniciadas con anterioridad a la entrada en vigencia de la normativa de la AFIP. En caso que se hubieren trabado embargos sobre fondos y/o valores de cualquier naturaleza, el organismo arbitrará los medios para el levantamiento de la medida cautelar, sin transferencia de las sumas efectivamente incautadas, las que quedarán a disposición del contribuyente.
La AFIP anunció que no iniciará el proceso de caducidad por falta de cancelación de cuotas de los planes de pago realizados por contribuyentes afectados hasta el 31 de diciembre de 2022.
Además habrá una feria fiscal extraordinaria hasta el 31 de diciembre de 2022 y una refinanciación de aquellos planes de facilidades de pago que se encuentren vigentes.